Finalmente la «Ley Brisa» ya está reglamentada.

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En Boletín Oficial de hoy, se dejó en claro que el decreto lleva el numero
871/2028 y reglamenta la Ley 27.452 de Régimen de Reparación Económica, que  otorga a los hijos de mujeres asesinadas por violencia de género una reparación económica mensual. La pensión es equivalente a un haber jubilatorio mínimo e incluye una cobertura integral de salud hasta los 21 años de edad, beneficios que tendrán carácter vitalicio en caso de que sean personas con discapacidad.

La ley  fija un mecanismo compatible con los regímenes de la Asignación Universal por Hijo (AUH), asignaciones familiares, pensiones y regímenes de alimentos que perciban por parte de su progenitor, o con cualquier otra prestación de la cual sean destinatarios.

El trámite debe iniciarse en la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) y cualquier hijo o hija que al día de la fecha sea menor de edad, puede percibir el haber. Les corresponde a aquellos niños o adolescentes cuyo padre haya sido procesado o condenado como autor, coautor, instigador o cómplice del delito de femicidio contra su madre.

La Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia es la autoridad de aplicación y tendrá a su cargo la administración de los recursos dispuestos para su cumplimiento. En tanto que la ANSES será la responsable de la tramitación administrativa, liquidación y puesta al pago de la prestación.

Además, el decreto crea la Comisión Permanente de Seguimiento que tendrá por finalidad el monitoreo y control del Régimen de Reparación Económica.