Aunque estemos a pocas semanas de comenzar el 2019, el Gobierno Nacional ya anunció que, el próximo año tendrá 10 feriados inamovibles por fechas patrias, carnaval y algunas celebraciones religiosas, más cuatro que se trasladan para generar un total de ocho fines de semana largos.
Enero:1 Año nuevo. Feriado inamovible.
Febrero:No hay feriados.
Marzo:
- 4 y 5 Carnaval. Feriado inamovible. Fin de semana largo.
- 24 Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia. Feriado inamovible. Fin de semana largo.
Abril
- 2 Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas. Feriado inamovible.
- 18 Jueves Santo. No laborable.
- 19 Viernes Santo. Feriado inamovible. Fin de semana largo de Pascua.
- 19, 20, 21, 25, 26 y 27. Pascuas Judías. No laborable, sólo para habitantes que profesen la religión judía, según dispone la Ley 23.399.
- 24 Día de acción por la tolerancia y el respeto entre los pueblos, en conmemoración del genocidio armenio. No laborable para empleados y funcionarios de organismos públicos y alumnos de origen armenio, según la Ley 26.199.
Mayo
- 1 Día del trabajador. Feriado inamovible.
- 25 Día de la Revolución de Mayo. Feriado inamovible.
Junio
- 4 Fiesta de la Ruptura del Ayuno del Sagrado Mes de Ramadán. Día no laborable sólo para habitantes que profesen la religión islámica, según la Ley 23.399.
- 17. Día del Paso a la Inmortalidad del General Martín Miguel de Güemes. Fin de semana largo.
- 20. Día del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano. Feriado inamovible.
Julio
- 8 Día no laboral con fines turísticos. Fin de semana largo.
- 9 Día de la Independencia. Feriado inamovible.
Agosto
- 11 Fiesta del Sacrificio. Día no laborable sólo para habitantes que profesen la religión islámica, según la Ley 23.399.
- 17 Día del Paso a la Inmortalidad del Gral. José de San Martín.
- 19 Día no laboral con fines turísticos. Fin de semana largo.
- 31 Año Nuevo Islámico. Día no laborable sólo para habitantes que profesen la religión islámica, según la Ley 23.399.
Septiembre
- 29 y 30. Año Nuevo Judío. No laborable, sólo para habitantes que profesen la religión judía, según la Ley 23.399.
Octubre
- 1 Año Nuevo Judío (Rosh Hashana). No laborable, sólo para habitantes que profesen la religión judía, según dispone la ley 23.399.
- 8 y 9. Día del Perdón (Iom Kipur). No laborable, sólo para habitantes que profesen la religión judía, según dispone la ley 23.399.
- 12 Día del Respeto a la Diversidad Cultural.
- 14 Día no laboral con fines turísticos. Fin de semana largo.
Noviembre
- 18 Día de la Soberanía Nacional (20/11, se adelanta). Fin de semana largo.
Diciembre
- 8 Inmaculada Concepción de María. Feriado inamovible.
- 25 Navidad. Feriado inamovible.
- 31 Fin de año. Feriado inamovible.
- Fuente: Los Andes