A partir de hoy se pueden entrar
al país celulares, tablets y notebooks para uso personal sin tener que
declararlos previamente en la Aduana. La medida se publicó hoy en el Boletín
Oficial y ya está vigente.
Según la nueva normativa, los viajeros pueden traer
del exterior hasta una notebook, una tablet y un teléfono móvil, como máximo,
sin tener que informarlo, por lo que esos productos quedan excluidos de los
US$300 permitidos actualmente por la franquicia para entrar bienes al país.
La medida lleva la firma del titular de la
Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Leandro Cuccioli y busca
actualizar una vieja reglamentación, que data de 1994.
El cambio indica que «los efectos de uso o
consumo personal; los artículos de vestir y aseo, y los demás bienes que tengan
carácter personal, incluyendo una computadora portátil y un teléfono personal
que no requiera para su funcionamiento fuente exterior de energía» no
tributarán ni será necesario declararlos.
«Teniendo en consideración las necesidades de globalización y de la era
digital, resulta necesario actualizar el alcance del concepto ‘efectos de uso o
consumo personal’, con el objeto de incorporar aquellos efectos tecnológicos de
uso común por viajeros como incidencia de viaje», indica la resolución N°
3.751/94 (ANA) sobre Régimen general de equipaje.
Los productos pueden ser destinados para uso personal o para ser regalados,
siempre que por su cantidad, naturaleza o variedad no permitieren presumir que
se importan o exportan con fines comerciales o industriales.
FUENTE: EL TERRITORIO